Ciencia y Educación
(L-ISSN: 2790-8402 E-ISSN: 2707-3378)
Vol. 7 No. 9.1
Edición Especial
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AXIOLOGÍA SOCIO-JURÍDICA DEL TRABAJO SEXUAL EN ECUADOR: ANÁLISIS
CRÍTICO DEL CUERPO, EL DERECHO Y EL IMAGINARIO
SOCIO-LEGAL AXIOLOGY OF SEX WORK IN ECUADOR: A CRITICAL ANALYSIS OF
THE BODY, THE LAW, AND THE IMAGINARY
Autores: ¹Eduardo José Terán Duque y ²José Orozco Torres.
¹ORCID ID: https://orcid.org/0000-0003-4192-4886
²ORCID ID: https://orcid.org/0009-0001-5021-4176
¹E-mail de contacto: e_ejteran@utavalo.edu.ec
²E-mail de contacto: joseorozcoab@hotmail.com
Afiliación: ¹*Universidad Andina Simón Bolívar, (Ecuador).
2*
Universidad Bolivariana del Ecuador, (Ecuador).
Artículo recibido: 19 de Agosto del 2026.
Artículo revisado: 21 de Agosto del 2026.
Artículo aprobado: 21 de Agosto del 2026.
1
Abogado, graduado de la Universidad de Otavalo, (Ecuador). Magíster en Constitucionalismo Contemporáneo y Gobernanza Local,
graduado de la Universidad Bolivariana del Ecuador, (Ecuador). Maestrante de Ciencias Sociales por la Facultad Latinoamericana de
Ciencias Sociales, (Ecuador). Maestrante en Estudios de la Cultura por la Universidad Andina Simón Bolívar, (Ecuador).
²Abogado, graduado de la Universidad Regional Autónoma de los Andes Uniandes, (Ecuador). Magíster en Derecho Constitucional y
Gobernanza Local en la Universidad Bolivariana del Ecuador, (Ecuador).
Resumen
El presente artículo, de carácter
interdisciplinario, analiza la situación jurídica
de las trabajadoras sexuales en el Ecuador
desde una perspectiva interseccional,
reconociendo las barreras múltiples que
enfrentan en tanto sujetos, así como la
segregación sociocultural que cohabitan,
siendo cuerpos/objetos de diversas formas de
violencia y discriminación. Asimismo, se
examina la construcción del imaginario social
sobre las personas que ofrecen este servicio
desde una lógica punitiva y religiosa, que
convierte su presencia en estos espacios en algo
nocivo y peligroso para el "bien común". La
investigación parte de un enfoque etnográfico
y cualitativo, desarrollado mediante cuento
biografías, historias de vida y análisis
documental, en la ciudad de Quito, provincia de
Pichincha, lo que permitió examinar cómo las
trabajadoras sexuales resisten las distintas
formas de violencia que atraviesan su
existencia. Se concluye que existen formas de
agresión articuladas; por un lado, la falta de
acceso a la justicia y a servicios básicos,
violencia institucional; por otro, el estigma, las
etiquetas y las agresiones construidos
localmente; violencia simbólica y comunitaria,
que generan segregación socioespacial y
precarización de su actividad económica. El
Ecuador, trabajo sexual permanece en un limbo
jurídico que impide a quienes ejercen esta labor
acceder a nuevos medios de vida y a normas
que garanticen su dignidad, igualdad y respeto
a su existencia. Persiste, además, una mirada
punitiva sobre estos sujetos que frena el avance
de normativas progresistas capaces de
garantizar acceso a servicios básicos, justicia y
condiciones humanas para el ejercicio del
trabajo sexual.
Palabras clave: Trabajo sexual, Dignidad,
Garantía, Imaginario, Violencia.
Abstract
This interdisciplinary article analyzes the legal
situation of sex workers in Ecuador from an
intersectional perspective, recognizing the
multiple barriers they face as subjects, as well
as the sociocultural segregation they
experience, as bodies/objects of various forms
of violence and discrimination. It also
examines the construction of the social
imaginary surrounding those who offer this
service from a punitive and religious
perspective, which transforms their presence in
these spaces into something harmful and
dangerous to the "common good." The research
employs an ethnographic and qualitative
approach, developed through biographies, life
stories, and documentary analysis in the city of
Quito, Pichincha province. This allowed for an
examination of how sex workers resist the
various forms of violence that permeate their
lives. The study concludes that there are
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interconnected forms of aggression: on the one
hand, lack of access to justice and basic
services, and institutional violence; on the
other, locally constructed stigma, labels, and
aggression. Symbolic and community violence
generates socio-spatial segregation and
precariousness in their economic activity. In
Ecuador, sex work remains in a legal limbo that
prevents those who engage in this work from
accessing new means of livelihood and
regulations that guarantee their dignity,
equality, and respect for their existence.
Furthermore, a punitive view of these
individuals persists, hindering the
advancement of progressive legislation capable
of guaranteeing access to basic services,
justice, and humane conditions for the practice
of sex work.
Keywords: Sex work, Dignity, Guarantee,
Imaginary, Violence.
Sumário
Este artigo interdisciplinar analisa a situação
jurídica das trabalhadoras do sexo no Equador a
partir de uma perspectiva interseccional,
reconhecendo as múltiplas barreiras que
enfrentam enquanto sujeitos, bem como a
segregação sociocultural que vivenciam,
enquanto corpos/objetos de diversas formas de
violência e discriminação. Examina também a
construção do imaginário social em torno
daquelas que oferecem esse serviço, sob uma
perspectiva punitiva e religiosa, que transforma
sua presença nesses espaços em algo prejudicial
e perigoso para o "bem comum". A pesquisa
emprega uma abordagem etnográfica e
qualitativa, desenvolvida por meio de
biografias, histórias de vida e análise
documental na cidade de Quito, província de
Pichincha. Isso permitiu examinar como as
trabalhadoras do sexo resistem às diversas
formas de violência que permeiam suas vidas.
O estudo conclui que existem formas
interconectadas de agressão: por um lado, a
falta de acesso à justiça e a serviços básicos, e a
violência institucional; por outro, o estigma, os
rótulos e a agressão construídos localmente. A
violência simbólica e comunitária gera
segregação socioespacial e precariedade em sua
atividade econômica. No Equador, o trabalho
sexual permanece em um limbo jurídico que
impede que as pessoas que o exercem acessem
novos meios de subsistência e regulamentações
que garantam sua dignidade, igualdade e
respeito à sua existência. Além disso, persiste
uma visão punitiva dessas pessoas, dificultando
o avanço de uma legislação progressista capaz
de garantir o acesso a serviços básicos, justiça e
condições humanas para o exercício do trabalho
sexual.
Palavras-chave: Trabalho sexual, Dignidade,
Garantia, Imaginário, Violência.
Introducción
El artículo analiza la situación jurídica, social y
comunitaria del trabajo sexual en Ecuador,
especialmente en Quito, y demuestra que esta
actividad se encuentra atravesada por formas
multidimensionales de violencia, exclusión y
precarización. Aunque quienes la ejercen
desarrollan mecanismos de resistencia y redes
de apoyo, persisten imaginarios colectivos que
los deshumanizan e invisibilizan (Musto y
Trajtenberg, 2011). Históricamente, el trabajo
sexual ha sido tratado como un problema social
mediante enfoques punitivistas, regulatorios y
abolicionistas que no han garantizado los
derechos fundamentales de los trabajadores
sexuales. Además, reducirlo a la prostitución
desconoce su complejidad y lo limita a una
transacción económica (Cevallos, 2011).
Frente a ello, resulta necesario reconocer los
derechos situados de quienes ejercen esta
actividad, eliminar los estereotipos culturales y
desarrollar alternativas estatales e
institucionales que garanticen condiciones
dignas, sin desconocer la necesidad de prevenir
la explotación sexual (Porras, 2009). Desde un
enfoque interseccional y etnográfico, sus
experiencias deben comprenderse como
resultado de estructuras de poder que articulan
violencia institucional, simbólica y
comunitaria. Esta perspectiva permite recuperar
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sus voces, reconocer su agencia y estudiar sus
estrategias para resistir en espacios
históricamente hostiles (Alemán, 2011). La
Constitución ecuatoriana reconoce la igualdad y
no discriminación, la dignidad, el derecho a una
vida libre de violencia y la autonomía para
decidir sobre el propio cuerpo; sin embargo, el
análisis estrictamente normativo resulta
insuficiente para responder a la realidad del
trabajo sexual (Constitución de la República del
Ecuador 2008). Se requieren políticas públicas
transformadoras e interseccionales que
enfrenten las barreras materiales, jurídicas y
sociales que colocan a estos sujetos en un “no
lugar”, sin acceso efectivo a justicia, servicios
públicos ni condiciones que aseguren su
autonomía (Rubio, 2012).
En el ámbito internacional, el artículo 6.1 del
Protocolo de San Salvador reconoce el derecho
a obtener medios para una vida digna mediante
una actividad lícita libremente escogida o
aceptada. En correspondencia, el artículo 33 de
la Constitución ecuatoriana define el trabajo
como derecho, deber social, fuente de
realización personal y base de la economía, y
obliga al Estado a garantizar dignidad,
remuneraciones justas y condiciones saludables
(León, 2019, p. 38). No obstante, las
concepciones morales y religiosas influyen en
el tratamiento jurídico del trabajo sexual y
obstaculizan la materialización de la igualdad,
la autonomía sexual y el derecho al trabajo.
Aunque el trabajo digno se encuentra
constitucionalmente garantizado, esta
protección se debilita cuando se trata del trabajo
sexual. La violencia, el desgaste físico y
psicológico, la falta de servicios estatales y la
imposibilidad de acceder a mecanismos
laborales colocan a estos sujetos en una doble
subalternidad: son excluidos socialmente y
pueden interiorizar la negación de su propia
humanidad. La ausencia de regulación no
constituye neutralidad, sino una forma de
violencia institucional que mantiene la
actividad en la informalidad y obliga a depender
de redes comunitarias. En Ecuador, la
prostitución no ha sido tipificada como delito;
históricamente se han penalizado el
proxenetismo, la rufianería y la corrupción de
menores, pero no el ejercicio voluntario de la
actividad sexual remunerada (León, 2019, p.
38).
Pese a ello, los trabajadores sexuales enfrentan
castigos simbólicos y corporales,
deshumanización, segregación territorial y
violencia ejercida por aparatos de control. Por
tanto, la respuesta jurídica debe superar el
silencio normativo y considerar sus
experiencias, contextos, resistencias y
necesidades concretas (Cabezas, 2008). La
exclusión del acceso a salud, educación y
justicia los sitúa en la periferia de lo humano y
los obliga a ocupar espacios alejados de la
vigilancia estatal y social (OEA. 1988). Sin
embargo, construyen redes para compartir
información sobre clientes peligrosos, lugares
seguros, horarios y servicios disponibles. Estas
prácticas evidencian formas de cuidado,
organización y supervivencia que no eliminan
la violencia estructural, pero demuestran su
capacidad de agencia (Fernández, 2010).
La vigilancia institucional y comunitaria
también regula la sexualidad mediante una
matriz moral y religiosa que establece qué
prácticas son legítimas. Esta disciplina puede
interiorizarse como vergüenza y autocontrol en
quienes ejercen el trabajo sexual (Villacrés,
2009). Aunque la Organización Internacional
del Trabajo define el trabajo como el conjunto
de actividades, remuneradas o no, que producen
bienes, servicios o medios de sustento (2004,
par.6), el trabajo sexual continúa sin recursos
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legales que garanticen condiciones dignas,
seguridad, protección durante la vejez y una
vida libre de violencia. El trabajo sexual
autónomo se caracteriza por la inexistencia de
subordinación laboral o intermediación: quien
lo ejerce administra su tiempo, tarifas, clientela
y condiciones. No obstante, esta autonomía
formal se encuentra materialmente precarizada
por la falta de seguridad social, créditos,
pensiones y protección estatal (Ackerman,
2010).
La actividad tampoco se desarrolla
aisladamente, pues las redes comunitarias
suplen parte de la ausencia institucional
mediante estrategias de acompañamiento,
prevención y cuidado (Arroba y Echeverría,
2025). Estas redes alertan sobre riesgos,
facilitan servicios de salud y protegen a quienes
trabajan en la informalidad, evidenciando la
tensión entre agencia individual y desprotección
jurídica (Pozo, 2021). El trabajo sexual
constituye un servicio remunerado dentro de la
lógica económica, por lo que requiere
reconocimiento jurídico e institucional,
protocolos de cuidado y mecanismos
especializados de protección frente a la
violencia interseccional (Shelby, 2021).
Además, dinamiza la economía de los territorios
donde se ejerce al generar consumo de otros
bienes y servicios. Reconocer este aporte exige
acompañarlo de sistemas de cuidado y procesos
de sensibilización que eliminen la mirada
peyorativa (Erazo, 2023).
El artículo 329 de la Constitución protege el
trabajo autónomo realizado en espacios
públicos, pero esta garantía no ha sido
desarrollada para el trabajo sexual (Maqueda,
2017). Desde una perspectiva jurídica, esta
actividad reúne los elementos de un trabajo
autónomo lícito: prestación de un servicio,
remuneración, voluntad y ausencia de
subordinación. Su falta de reconocimiento
responde principalmente a decisiones políticas
y prejuicios morales (Morcillo y Von, 2021).
Además, la autonomía no elimina las relaciones
de poder, pues la necesidad económica puede
provocar jornadas extensas, ausencia de
descanso y auto explotación (Almanza, 2022).
Por ello, las organizaciones de trabajadores
sexuales defienden un reconocimiento que
preserve su autodeterminación y evite nuevas
relaciones de explotación por parte de
propietarios de establecimientos (Red Global de
Proyectos de Trabajo Sexual, 2017).
En el trabajo sexual convergen el derecho al
trabajo y la autonomía sexual, aunque el Estado
ecuatoriano los reconoce separadamente y evita
articularlos cuando coinciden en una misma
actividad económica (León, 2019). El artículo
33 constitucional garantiza un trabajo digno,
saludable y libremente escogido, pero esta
protección desaparece cuando la sexualidad se
utiliza como medio de subsistencia (Mora y
Haddock, 2025).
El trabajo sexual voluntario constituye una
actividad lícita porque no está tipificado como
delito. Además, puede sustentarse en un
acuerdo verbal entre personas con capacidad
legal, conforme al artículo 11, literal a, del
Código del Trabajo (Lamas, 2024). A su vez, el
artículo 66.9 reconoce la autonomía para tomar
decisiones libres, informadas y responsables
sobre el propio cuerpo; sin embargo, separar
este derecho de las garantías laborales impide
construir entornos seguros (Zappelli, 2022). El
Protocolo de San Salvador también protege el
acceso a medios de vida mediante actividades
lícitas libremente escogidas, condición que
puede comprender el trabajo sexual consentido
(OEA 1988). El silencio legislativo reproduce
jerarquías entre los trabajos considerados
dignos y aquellos vinculados con la sexualidad,
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relegando a los trabajadores sexuales a la
ilegalidad de hecho y tratándolos como objetos
de consumo (CARE Ecuador, 2023). Reconocer
únicamente la autonomía sexual los mantiene
sin seguridad social, vacaciones ni protección
frente a riesgos; mientras que una regulación
laboral que ignore la autonomía podría imponer
controles paternalistas sobre sus cuerpos
(CARE Ecuador, 2023). El archivo del proyecto
legislativo presentado en 2024 para reconocer el
trabajo sexual autónomo y subordinado
evidenció la falta de voluntad política para
superar este limbo jurídico (Carretero, 2020).
La ausencia normativa reproduce una visión
patologizante y punitivista que convierte a estas
personas en sujetos precarizados y sacrificables
(Álvarez, 2023). El reconocimiento debe
articular derechos laborales, autonomía sexual y
condiciones materiales desde una perspectiva
interseccional (Clark, 2001). Mientras ambos
derechos continúen separados, no existirá
autonomía sexual plena ni un verdadero
derecho al trabajo para quienes ejercen esta
actividad (Trajtenberg, 2011). Los principios
laborales constitucionales pueden fundamentar
el reconocimiento del trabajo sexual como
modalidad laboral digna (Rodríguez, 2003).
El principio in dubio pro operario exige que las
dudas normativas se resuelvan en favor de la
persona trabajadora, especialmente frente a
quienes controlan los espacios de ejercicio de la
actividad (Hernández et al., 2018). La
irrenunciabilidad e intangibilidad permitirían
impedir que propietarios de establecimientos
nieguen vacaciones, décimos y otros beneficios
bajo el argumento de informalidad (Capa,
2026). El principio de progresividad obliga a
adaptar la Constitución a nuevas realidades y
desarrollar protecciones diferenciadas que
conviertan los lugares de trabajo sexual en
entornos seguros (Pérez et al., 2020).
Asimismo, el deber estatal de eliminar la
desocupación implica ofrecer alternativas
económicas y proteger la actividad que
actualmente sostiene la subsistencia de estas
personas (Fondo de Población de las Naciones
Unidas, 2021). La igualdad y no discriminación,
como valor, principio y derecho, exige garantías
formales y sustanciales que permitan ejercer el
trabajo sexual con dignidad y sin violencia
(Battered Women's Support Services, 2024).
El reconocimiento de una relación laboral
bilateral permitiría identificar
responsabilidades frente a los abusos
actualmente diluidos en la informalidad (Huda
2006). La protección de la remuneración
exigiría tarifas justas, garantías contra
retenciones arbitrarias e intervención del
Ministerio del Trabajo (Redtrabsex, 2011). Del
mismo modo, la equidad en el acceso obliga a
cuestionar una concepción restrictiva del
trabajo y a proteger a quienes quedan sometidxs
a la arbitrariedad de terceros y de los aparatos
estatales (Chávez 2014). Estos principios no
eliminarían por sí solos la violencia estructural,
pero permitirían desmontar la excepcionalidad
aplicada al trabajo sexual. Las herramientas
jurídicas ya existen; su ausencia práctica
responde a prejuicios y a la falta de voluntad
para extenderlas hacia quienes permanecen en
los márgenes (Álvarez y Sandoval 2013).
Materiales y Métodos
El presente artículo se centra en un enfoque
etnográfico y cualitativo, el cual permite la
comprensión de fenómenos sociales desde una
perspectiva encarnada de los propios actores, en
tanto posibilita sintetizar patrones simultáneos
que ocurren en el territorio y en los grupos
humanos definidos. Por ello, se emplearon tres
técnicas para la recolección de datos: las
encuestas, las historias de vida y el análisis
documental, lo que permitió una triangulación
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metodológica para contrastar los hallazgos,
otorgando rigor y solidez interpretativa a la
investigación (Hernández et al., 2014). La
encuesta, por su parte, se aplicó a una muestra
representativa de una población objetivo,
sujetos que materializan la investigación
(trabajadores sexuales del centro histórico).
El instrumento fue diseñado con preguntas de
carácter cerrado y abierto, lo que permitió
obtener datos cuantificables, además de
construir una matriz cualitativa con las voces
particulares de los participantes, posibilitando
un acercamiento con el fenómeno de estudio,
complementado con el trabajo de campo
(Hernández et al., 2014). Por otro lado, el uso
de historias de vida permite construir una
trayectoria tanto individual como colectiva
sobre los sujetos clave, recuperando su memoria
y sus experiencias, lo que aporta rigor y solidez
interpretativa y posibilita comprender
elementos situados de los actores.
Todo ello se complementa mediante un análisis
documental de la normativa y los documentos
legales vigentes, que permite comprender cómo
el fenómeno social se encuentra previsto o no
en la normativa actual, aportando así a la
interpretación de los datos empíricos
(Hernández et al., 2014). Finalmente, la
articulación de las tres técnicas aborda las
necesidades de la investigación desde múltiples
dimensiones, favoreciendo una comprensión
integral y situada del fenómeno.
Resultados y Discusión
Los hallazgos empíricos recogidos en las Tablas
1, 2, 4 y 5 no hacen sino densificar lo que el
marco teórico-normativo anticipaba desde el
inicio de este artículo; el limbo jurídico que
envuelve al trabajo sexual en Ecuador no es una
abstracción doctrinal, sino una condición
material que se inscribe en los cuerpos, en las
trayectorias de vida y en la geografía cotidiana
de quienes lo ejercen. La ausencia de una norma
que reconozca esta actividad como trabajo no se
traduce simplemente en un vacío regulatorio
neutro, sino en la reproducción sostenida de la
teoría del "no lugar" y de la lógica necro política
que ya se había señalado en la introducción; los
datos de campo permiten ahora observar cómo
ese despojo de humanidad se concreta en cifras,
tarifas, plazas y expedientes judiciales,
confirmando que la violencia institucional y la
violencia simbólico-comunitaria operan de
manera articulada y no como fenómenos
aislados o coyunturales.
El rango etario de la muestra (24 a 63 años)
desmonta, con evidencia concreta, el imaginario
social que reduce el trabajo sexual a una etapa
transitoria de juventud; por el contrario, se trata
de una trayectoria de vida sostenida por décadas
ante la ausencia de un sistema de protección
social capaz de absorber a la población
envejecida del oficio. Esta amplitud etaria
dialoga directamente con lo planteado respecto
a la subalternidad doble que enfrentan estos
sujetos: al no existir rutas de salida reales ni
alternativas económicas dignas, el cuerpo que
envejece en el oficio queda igualmente
desprovisto de pensiones, seguridad social o
cualquier mecanismo que reconozca el desgaste
físico y psicológico acumulado, lo que confirma
que la desprotección estatal no es pasiva, sino
que opera activamente agudizando la
precarización de quienes ya no cuentan con otra
fuente de sustento.
La sobrerrepresentación de personas del
colectivo LGBTIQ+ (89,6% de la muestra)
constituye, quizás, el dato que con mayor fuerza
ilustra la naturaleza interseccional de la
violencia que atraviesa al trabajo sexual; no se
trata de una coincidencia estadística, sino de la
materialización de un patrón de expulsión
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familiar y comunitaria que antecede, en la
mayoría de los casos, al ingreso mismo al
oficio, tal como lo evidencian las historias de
vida sistematizadas en la Tabla 2.
Tabla 1. Resultado de la encuesta realizada.
Categoría
Variable
Datos / hallazgos
Interpretación analítica
Perfil General
Total, de
encuestados
29 personas
La muestra, aunque no probabilística, permite una aproximación cualitativa robusta al fenómeno en el Centro
Histórico; su tamaño facilita la triangulación con los testimonios de la Tabla 2.
Rango etario
24 a 63 años
La amplitud etaria evidencia que el trabajo sexual no es una etapa transitoria de juventud, sino una trayectoria
de vida que se sostiene por décadas ante la ausencia de alternativas económicas y de un sistema de protección
social que absorba a la población envejecida del oficio.
Género /
orientación
Hombres (13)
Mujeres (16)
Personas cis-Hetero (3)
Colectivo LGBTIQ+ (26)
La sobrerrepresentación de personas LGBTIQ+ (89,6% de la muestra) confirma que la exclusión laboral y
familiar por identidad de género u orientación sexual actúa como un factor expulsor hacia la economía
informal y el trabajo sexual, replicando un patrón de vulnerabilización interseccional documentado en la
literatura regional.
Nacionalidad
Ecuatorianas/os
Colombianas/os
Venezolanas/os
La presencia de población migrante evidencia cómo la movilidad humana en contextos de precarización
regional intercepta con el trabajo sexual como estrategia de subsistencia inmediata, particularmente ante la
falta de reconocimiento de títulos y redes de empleo formal para personas migrantes.
Nivel educativo
Bachillerato (9)
Solo primaria (13)
Sin estudios (7)
El bajo capital educativo formal limita las posibilidades de inserción en el mercado laboral formal y refuerza
la dependencia del trabajo sexual como única fuente de ingresos, lo que a su vez perpetúa un ciclo de
exclusión intergeneracional.
Motivación para
ejercer
Necesidad económica
Obtención de droga
Obtención de comida
Las motivaciones reportadas se leen como respuestas a necesidades de subsistencia inmediata más que como
una elección libre en sentido pleno; esto tensiona los marcos normativos que exigen distinguir entre
voluntariedad y coerción estructural producida por la pobreza.
Vivienda y
Subsistencia
Tipo de vivienda
Cuartos compartidos entre
compañeras/os (23)
Apoyo de casas hogar (4)
El hacinamiento y la vivienda compartida funcionan como mecanismo de supervivencia económica colectiva,
pero también como espacio de sociabilidad y cuidado mutuo entre pares que compensa, parcialmente, la
desprotección institucional.
Propiedad propia
Solo 2 personas tienen vivienda propia;
subarriendan a compañeras/os
La casi nula tenencia de vivienda propia (6,9%) confirma la precariedad estructural del grupo y explica por
qué quienes acceden a una propiedad se convierten en nodos de una red informal de subarriendo y
protección para sus pares.
Situación de calle
Todas/os han estado en situación de calle
en algún momento
Actualmente en calle (4)
La situación de calle no es excepcional sino una experiencia común al 100% de la muestra en algún punto de
su trayectoria, lo que la posiciona como un factor estructurante, no coyuntural, de la vida de estas personas.
Alimentación
Cocina colectiva para economizar
Apoyo de organizaciones (comida, ropa,
medicamentos)
La cocina colectiva revela una economía del cuidado construida horizontalmente entre pares que suple la
ausencia de política pública alimentaria, y that funciona simultáneamente como estrategia económica y como
vínculo afectivo-comunitario.
Ejercicio del
Trabajo Sexual
Plazas / zonas
Plaza la Marín
Plaza Santo Domingo
Plaza Chica
Plaza Grande
La concentración en plazas históricas y patrimoniales genera una tensión territorial permanente entre el uso
turístico-patrimonial del espacio público y su uso como espacio de subsistencia, tensión que explica buena
parte de la conflictividad con moradores y fuerzas del orden.
Casas de trabajo
sexual
Casa de Nelly
El Pescadito
La Casona de Lily
El Paraíso
La existencia de casas identificadas con nombre propio sugiere un circuito semi-institucionalizado y
conocido dentro de la economía sexual local, con relaciones de confianza y trayectoria que operan al margen,
pero de forma paralela, a la regulación municipal.
Tarifa por
encuentro
\$5 a \$20
El rango tarifario es notablemente bajo, lo que indica una posición de escasa capacidad de negociación
económica y sugiere una relación directa con la necesidad de multiplicar encuentros diarios para cubrir
necesidades básicas.
Encuentros por
día
2 a 6
La frecuencia diaria de encuentros, sumada a la tarifa baja, configura una jornada de alta exposición física y
emocional con un retorno económico limitado, lo que agrava el desgaste físico y psicológico reportado en la
Tabla 2.
Movilidad
Movimiento constante para evitar
agresiones de fuerzas del orden y
moradores
La movilidad forzada convierte el cuerpo en el instrumento primario de autoprotección: quienes ejercen el
trabajo sexual deben leer permanentemente el entorno (presencia policial, hostilidad vecinal) y desplazarse
en consecuencia, lo que erosiona la posibilidad de arraigo y estabilidad en el espacio.
Salud
Condiciones de
salud
Portadoras/es de VIH
Adicción a sustancias ilícitas
Desnutrición
Otras ETS
El perfil de salud refleja un cuadro de vulnerabilidad acumulada donde factores biomédicos, económicos y
sociales se refuerzan mutuamente, exigiendo un abordaje interseccional que la atención médica convencional
no está ofreciendo.
Prácticas de
riesgo
Aceptación de sexo sin condón a cambio
de mayor pago
La negociación del uso del condón a cambio de dinero evidencia cómo la precariedad económica prevalece
sobre el autocuidado, situando la prevención de ITS/VIH como un problema estructural de ingresos antes
que de información o acceso a insumos.
Discriminación
en salud
Trato discriminatorio al solicitar PrEP,
PEP, atención médica y
condones/lubricantes gratuitos
La estigmatización dentro de los propios centros de salud constituye una barrera de acceso que contradice el
mandato de universalidad del sistema sanitario y perpetúa el subregistro de casos, dificultando el diseño de
políticas basadas en evidencia.
Violencia y
Discriminación
Por fuerzas del
orden
Principales agresores: Policía Nacional,
Policía Municipal, Fuerzas Armadas,
Militares
Motivos: agresiones directas y actos
sexuales para evitar detención
La violencia institucional documentada revela una paradoja: los agentes encargados de garantizar la
seguridad ciudadana son identificados como el principal foco de riesgo, lo que erosiona la confianza en el
Estado y desincentiva la denuncia formal de otros tipos de violencia.
Por moradores
Arrojan agua fría
Persiguen con escobas
Insultos y amedrentamiento de hombres
del sector
Las agresiones vecinales, de naturaleza aparentemente doméstica y de baja intensidad, cumplen una función
simbólica de expulsión territorial que reproduce el estigma social bajo la forma de "limpieza" del espacio
público patrimonial.
Reglas Implícitas
del Espacio
Conducta pública
No escándalos
No ropa excesivamente llamativa
No armas de fuego ni armas blancas
La existencia de un código de conducta autoimpuesto revela un ejercicio de autorregulación comunitaria que
busca minimizar la exposición a sanciones externas, operando como una forma de gobernanza informal del
espacio.
Relación entre
pares
No robar clientes
No robar a clientes
Alertar / silbar ante presencia policial
El sistema de alerta colectiva (silbidos) constituye una tecnología social de protección mutua que compensa
la ausencia de garantías institucionales y refuerza los lazos de solidaridad horizontal dentro del grupo.
Sustancias
Prohibido consumir con clientes, aunque
se incumple si el cliente paga más
La brecha entre la norma declarada y la práctica real muestra cómo la presión económica inmediata prevalece
sobre las normas de autocuidado colectivamente acordadas, evidenciando la fragilidad de la autorregulación
frente a la necesidad económica.
Resolución de
conflictos
Alertar a madres/padres de zona, quienes
controlan y apaciguan disturbios
La figura de "madres/padres de zona" opera como una autoridad comunitaria alternativa al sistema judicial
formal, con legitimidad construida sobre la trayectoria y el respeto ganado dentro del oficio, y que cumple
funciones de mediación que el Estado no provee.
Fuente: Elaboración propia.
La orientación sexual o la identidad de género
operan, entonces, como factores expulsores
hacia la economía informal mucho antes de que
el Estado tenga oportunidad de intervenir, lo
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que obliga a repensar el trabajo sexual no como
una elección aislada, sino como el punto de
llegada de una cadena de exclusiones previas
que la sociedad y la familia ya habían iniciado.
La sobrerrepresentación de personas del
colectivo LGBTIQ+ (89,6% de la muestra)
constituye, quizás, el dato que con mayor fuerza
ilustra la naturaleza interseccional de la
violencia que atraviesa al trabajo sexual; no se
trata de una coincidencia estadística, sino de la
materialización de un patrón de expulsión
familiar y comunitaria que antecede, en la
mayoría de los casos, al ingreso mismo al
oficio, tal como lo evidencian las historias de
vida sistematizadas en la Tabla 2. La
orientación sexual o la identidad de género
operan, entonces, como factores expulsores
hacia la economía informal mucho antes de que
el Estado tenga oportunidad de intervenir, lo
que obliga a repensar el trabajo sexual no como
una elección aislada, sino como el punto de
llegada de una cadena de exclusiones previas
que la sociedad y la familia ya habían iniciado.
Tabla 2. Tipología de experiencias y violencia situada: Lectura interpretativa transversal.
Dimensión
Caso 1: Mujer cis 48
años · Esmeraldas ·
Het.
Caso 3: Mujer trans-63
años · Quito · Trans
Caso 4: Hombre cis
32 años · Venezuela ·
Het.
Lectura interpretativa transversal
Forma de
Ingreso al
Trabajo Sexual
Engañada con oferta de
trabajo doméstico; trata
de personas y amenazas
de muerte.
Expulsada del hogar a
los 11 años tras ser vista
con ropa femenina;
abuso y explotación
infantil.
Migración forzada por
desempleo; ingreso a
través de aplicaciones
digitales.
Los cuatro relatos convergen en un patrón de ingreso no
autónomo: trata, expulsión familiar por identidad de género,
abuso infantil o migración forzada. La entrada al oficio aparece
consistentemente vinculada a una ruptura de red de protección
previa (familiar, económica o territorial), lo que cuestiona las
narrativas que reducen el trabajo sexual a una decisión
puramente voluntaria.
Trayectoria y
Tiempo en el
Oficio
29 años en el oficio;
continuó tras caída de
banda de trata en 2013.
45 años; se retiró a los
60; hoy vende insumos
desde su hogar.
Menos de 2 años;
atiende hombres y
mujeres.
La permanencia prolongada (26 a 45 años) en tres de los cuatro
casos evidencia la ausencia de rutas de salida reales del oficio,
mientras que el caso de reciente ingreso (Caso 4) permite
observar cómo se reproducen, desde el inicio, los mismos
patrones de riesgo y vulnerabilidad que enfrentan quienes llevan
décadas ejerciendo.
Violencia por
Fuerzas del
Orden
Forzada a relaciones
sexuales con 4 policías;
violación policial.
Favores sexuales a
policías y militares
como "pago" para poder
trabajar.
Golpes con tolete y gas
en redadas; relación
sexual con 4 policías a
cambio de protección
informal.
En los cuatro casos la violencia institucional se articula bajo la
misma lógica: el cuerpo como moneda de intercambio para
evitar la detención o la agresión física directa. Esto configura un
patrón sistemático no aislado de abuso de poder por parte de
agentes estatales, con consecuencias físicas permanentes en al
menos dos de los casos.
Violencia por
Clientes
No se reporta episodio
específico en su
historia.
Abuso sexual reiterado
por empleador desde los
15 años.
Agresión y atentado de
muerte en período
previo a ingresar al
Centro Histórico.
La violencia por parte de clientes o empleadores tiende a ser
más extrema en su forma (agresión física grave, atentados) que
la ejercida por fuerzas del orden, aunque menos sistemática y
más episódica. La ausencia de reporte en el Caso 1 no debe
leerse como ausencia de riesgo, sino posiblemente como
subregistro o normalización del hecho.
Salud / VIH
No se reporta
diagnóstico de VIH;
problemas de salud no
detallados.
VIH positivo; infección
grave por implantes
mamarios casi mortal.
No se reporta
diagnóstico de VIH ni
condición de salud
relevante.
Dos de los cuatro casos presentan diagnóstico de VIH
directamente vinculado a episodios de violencia sexual, lo que
subraya la relación causal entre victimización y riesgo
epidemiológico, y refuerza la urgencia de un enfoque de salud
pública que no separe la atención médica de la protección frente
a la violencia.
Vivienda y
Red de Soporte
Única con casa propia;
acoge a compañeras y
cocina colectivamente.
Situación de calle desde
los 11 años; alquila
cuarto en el Centro
Histórico desde hace
~17 años.
Situación de calle y
precariedad al llegar;
estabilizado gracias a
la red del Centro
Histórico.
La vivienda propia (Caso 1) se convierte en un nodo de cuidado
colectivo para el resto de la red, mientras que los otros tres casos
comparten una fase inicial de situación de calle. Esto sugiere
que la estabilización habitacional depende menos de recursos
institucionales que de las redes informales de apoyo entre pares.
Rol
Comunitario y
Activismo
Activista por derechos
de trabajadoras
sexuales; alerta sobre
trata; liderazgo.
Ya retirada; vende
insumos de protección,
manteniéndose
vinculada al espacio.
Nuevo en el espacio;
en proceso de
integración a la red de
compañeros.
Se observa una trayectoria de resignificación identitaria que va
del ingreso forzado hacia el liderazgo comunitario y el
activismo, particularmente en los casos de mayor trayectoria (1
y 2). El caso de reciente ingreso (4) ilustra la etapa inicial de ese
mismo proceso, sugiriendo una posible trayectoria compartida
a futuro.
Tipología de
Experiencia
Superviviente de trata;
activista comunitaria.
Explotación desde la
infancia; persona trans
con exclusión
estructural.
Migración forzada;
inserción por red de
pares.
Las cuatro tipologías, aunque distintas en su origen (trata,
violencia institucional, exclusión por identidad trans,
migración), comparten un núcleo común: la ausencia de
alternativas estructurales que empuja hacia el trabajo sexual y,
simultáneamente, la emergencia de estrategias de agencia y
comunidad como respuesta a esa precariedad.
Fuente: Elaboración propia.
La presencia de población migrante colombiana
y venezolana dentro de la muestra confirma que
el trabajo sexual, lejos de ser un fenómeno
exclusivamente local, se articula con las
dinámicas regionales de movilidad forzada y
precarización que atraviesan actualmente; la
falta de reconocimiento de títulos, de redes de
empleo formal y de documentación migratoria
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empuja a estos cuerpos hacia las economías
ocultas que ya se habían caracterizado como
parte del capitalismo gore, un capitalismo que
deprede a los sujetos y los coloca en un "no
lugar" donde la nacionalidad se convierte en una
capa adicional de vulnerabilidad sobre un
cuerpo ya racializado y sexualizado por el
mercado informal.
Tabla 3. Sentimientos, afectos y relación sensorial-ambiental
Dimensión afectiva
Manifestación
Relación sensorial / ambiental
Lectura interpretativa
Cuerpo en Alerta
Miedo y vigilancia permanente
El desplazamiento constante para evitar agresiones (policiales
y vecinales) convierte la calle en un espacio leído en clave de
riesgo antes que de tránsito; el cuerpo permanece en un estado
sostenido de hiperalerta.
El miedo deja de ser un evento puntual para convertirse en una
disposición corporal crónica que condiciona la postura, el ritmo del
paso y la elección de rutas y horarios.
Dolor y memoria corporal
Las agresiones físicas reportadas (golpes, violaciones,
lesiones permanentes) inscriben huellas duraderas en el
cuerpo que reaparecen en el ejercicio cotidiano del oficio,
incluso años después del episodio original.
El cuerpo funciona como archivo de la violencia vivida: el dolor
físico se reactiva sensorialmente ante estímulos del entorno
(uniformes, sirenas, ciertos espacios) asociados a experiencias
traumáticas previas.
Clima, Piel y Espacio
Físico
Frío, agua y exposición
nocturna
Las agresiones con agua fría arrojada por moradores se
combinan con las bajas temperaturas nocturnas propias de
Quito y con jornadas de varias horas a la intemperie en plazas
empedradas.
La hostilidad social se experimenta también en clave térmica y táctil:
el frío del clima andino se vuelve un vector adicional de castigo
corporal que refuerza simbólicamente el mensaje de expulsión del
espacio.
Plazas patrimoniales como
escenario ambivalente
Los mismos espacios (Plaza la Marín, Santo Domingo, Plaza
Chica, Plaza Grande) son simultáneamente lugar de trabajo,
de encuentro comunitario y de exposición al peligro, según la
hora y la presencia de terceros.
La percepción sensorial del entorno patrimonial es dual: de día,
monumento y paisaje urbano valorado turísticamente; de noche,
territorio propio resignificado por quienes lo habitan para sobrevivir.
Vínculo y Pertenencia
Solidaridad y cuidado colectivo
La cocina compartida, el alojamiento colectivo y las redes de
apoyo entre compañeras/os generan momentos de contención
afectiva que contrarrestan la hostilidad del entorno externo.
Los afectos de cuidado mutuo (cocinar juntas/os, bañar a una
compañera, alertar con un silbido) constituyen una forma de
intimidad y pertenencia que compensa afectivamente la
desprotección institucional.
Alerta compartida como
lenguaje sensorial
El silbido de alerta ante la presencia policial funciona como
un código sonoro colectivo, aprendido y compartido, que
activa una respuesta corporal inmediata en todo el grupo.
El sonido se convierte en tecnología social de protección; un estímulo
auditivo breve organiza el comportamiento del grupo entero y
refuerza el sentido de comunidad frente al riesgo compartido.
Estigma y
Resignificación
Vergüenza y estigma
internalizado
La discriminación reiterada en centros de salud y el trato hostil
de moradores generan una sensación de exposición pública
constante y de juicio moral sobre el propio cuerpo y oficio.
El estigma no solo se recibe desde fuera: se sensorializa como una
tensión corporal anticipatoria (evitar miradas, bajar la voz, cambiar
de vestimenta) antes de cualquier interacción institucional o vecinal.
Orgullo y resignificación
identitaria
Las trayectorias de mayor tiempo en el oficio derivan, en
varios casos, en liderazgo comunitario, activismo y
reconocimiento como "figura de referencia" dentro del
espacio.
Con el paso del tiempo, el mismo espacio que produjo miedo y
vergüenza puede resignificarse como lugar de arraigo, autoridad
moral y pertenencia, mostrando una trayectoria afectiva que va del
temor a la reivindicación.
Fuente: Elaboración propia.
El dato de que el cien por ciento de la muestra
ha atravesado, en algún momento de su
trayectoria, situación de calle, materializa de
forma contundente la teoría del "no lugar"
discutida en el marco teórico; no se trata de una
experiencia coyuntural ni excepcional, sino de
un factor estructurante de la vida de estas
personas, lo que confirma que la desprotección
habitacional y la desprotección jurídica
caminan de la mano.
La vivienda propia, apenas presente en dos
casos de la muestra, se transforma entonces en
un nodo excepcional de cuidado colectivo y
subarriendo informal para el resto de la red,
evidenciando que la estabilización habitacional
depende, en la práctica, mucho más de las redes
de apoyo entre pares que de cualquier recurso
institucional. El rango tarifario identificado
(entre cinco y veinte dólares por encuentro)
combinado con una frecuencia de dos a seis
encuentros diarios permite dimensionar, con
crudeza, la magnitud de la precarización
económica que atraviesa esta actividad; lejos de
tratarse de una transacción libremente
negociada en condiciones equitativas, la tarifa
baja obliga a multiplicar la exposición física y
emocional del cuerpo para cubrir necesidades
básicas, lo que confirma en la práctica lo
señalado respecto al principio de protección a la
remuneración: sin mínimos establecidos ni
organismo alguno que valore los riesgos
particulares de esta labor, el cuerpo trabajador
termina asumiendo individualmente un costo
que debería ser, cuando menos, mitigado por
mecanismos colectivos de protección social.
La violencia ejercida por moradores del sector,
aunque de apariencia doméstica y de baja
intensidad (agua fría, persecuciones con
escobas, insultos), cumple una función
simbólica de expulsión territorial que
reproduce, en el nivel comunitario, la misma
doble vigilancia institucional y social que se
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había descrito a propósito del panóptico estatal;
el estigma no solo se recibe desde fuera, sino
que se sensorializa como una tensión corporal
anticipatoria que obliga a los trabajadores
sexuales a autorregular su vestimenta, su
volumen de voz y su presencia pública,
evidenciando que la vigilancia social difusa
termina interiorizándose y produciendo una
forma de autocontrol que hace, en muchos
casos, innecesaria la represión explícita.
Tabla 4. Marco Normativo y Jurisprudencial Aplicable a la Regularización del Trabajo Sexual
Voluntario en el Distrito Metropolitano de Quito.
Nro.
Instrumento Jurídico /
Documento Analizado
Ámbito / Nivel
Territorial
Disposición / Contenido Clave
Analizado
Relación con la Regularización
del Trabajo Sexual Voluntario en
el DMQ
Análisis Crítico e Implicancias para el Plan Integral
1
Constitución de la
República del Ecuador
Nacional
Art. 329: derecho al trabajo en
condiciones equitativas y
satisfactorias.
Art. 66 numeral 4: igualdad
formal, material y no
discriminación.
Art. 11 numeral 2: principio de
igualdad de derechos e inclusión.
Estas disposiciones legitiman el
trabajo sexual voluntario como
ejercicio del derecho al trabajo y
proscriben cualquier forma de
exclusión o estigmatización estatal.
Actúa como la norma de mayor jerarquía y, por tanto,
como límite interpretativo para toda ordenanza
municipal: ninguna disposición del PUGS o del régimen
de licencias puede introducir criterios discriminatorios
sin incurrir en inconstitucionalidad. Su función en el plan
es la de principio rector transversal, no la de mandato
operativo directo.
2
Sentencia de Acción de
Protección de Primera
Instancia (Causa Nro.
17297-2023-00203)
Jurisdiccional
(Unidad Judicial
Penal de Quitumbe)
Resolución del 21 de marzo de
2023 (Juez Dr. Ángel Mestanza):
declara vulnerado el derecho
constitucional al trabajo y ordena
al Municipio de Quito elaborar
un plan integral de
regularización de la actividad en
el Centro Histórico.
Constituye el mandato judicial de
cumplimiento inmediato que obliga
a la Corporación Municipal a
estructurar mesas técnicas
intersectoriales, fijando tres ejes
mínimos: seguridad, higiene y
salud.
Es la fuente originaria de la obligación municipal de
actuar: transforma una reivindicación colectiva en una
orden judicial exigible, con plazos y responsables
verificables por vía jurisdiccional. Su relevancia práctica
radica en que habilita el control de cumplimiento judicial
posterior (ver fila 9) si el Municipio incumple los tres ejes
fijados.
3
Sentencia de Segunda
Instancia / Ratificación
(Causa Nro. 17297-
2023-00203)
Jurisdiccional (Sala
de lo Civil y
Mercantil de la
Corte Provincial de
Pichincha)
Resolución del 24 de julio de
2023 (Ponente: Dr. Edi Villa
Cajamarca): ratifica en todas sus
partes la sentencia inferior; causa
ejecutoriada por Ministerio de la
Ley.
Blinda jurídicamente el mandato de
regularización al desestimar los
argumentos de exclusión fundados
en la preservación patrimonial
absoluta del Centro Histórico frente
a los derechos humanos y laborales
de grupos vulnerables.
Cierra la disputa sobre la validez del mandato judicial y
elimina el riesgo de que el Municipio invoque razones
patrimoniales o de ornato para posponer indefinidamente
la regularización. Con la ejecutoria, la obligación deja de
ser discutible y pasa a ser exigible en fase de ejecución,
lo que explica la posterior emisión del auto de conclusión
(fila 9).
4
Pacto Internacional de
Derechos Económicos,
Sociales y Culturales
(PIDESC)
Internacional
Art. 6: reconocimiento del
derecho a trabajar, que
comprende la oportunidad de
ganarse la vida mediante un
trabajo libremente escogido o
aceptado.
El Estado ecuatoriano asume el
compromiso internacional de
adoptar medidas legislativas y
administrativas adecuadas para
garantizar una subsistencia digna en
el marco de la autonomía de las
personas.
Aporta el estándar de progresividad y no regresividad
propia del derecho internacional de los derechos
humanos: una vez reconocido el derecho al trabajo
libremente escogido, el Estado no puede retroceder en su
protección mediante políticas municipales restrictivas, lo
que refuerza el carácter permanente, no coyuntural, de la
política de regularización.
5
Convención Americana
sobre Derechos
Humanos (Pacto de San
José)
Internacional
Art. 1 y 24: deber de respetar los
derechos sin discriminación e
igual protección de la ley.
Protagonismo del Sistema
Interamericano (CIDH, 161°
Período de Sesiones).
Sustenta la exigencia de la CIDH de
que los Estados generen
mecanismos de seguridad jurídica
que protejan la vida, integridad y
dignidad de quienes ejercen
voluntariamente el trabajo sexual.
Sitúa al Municipio bajo el escrutinio del sistema
interamericano de protección: un incumplimiento local
del plan de regularización podría escalar a un reclamo
internacional por responsabilidad estatal, lo cual añade
un incentivo adicional; de política exterior y
reputacional, al cumplimiento efectivo de la sentencia
nacional.
6
Convención de Belém
do Pará y Ley Orgánica
Integral para Prevenir y
Erradicar la Violencia
contra las Mujeres
Internacional /
Nacional
Erradicación de la violencia de
género, estigmas socioculturales
y desprotección estructural que
sufren las mujeres y diversidades
sexo-genéricas.
Vincula directamente al plan con el
Eje Social y de Cuidado, obligando
a la creación de centros de acogida
para sobrevivientes de violencia y a
la incorporación del enfoque de
género en los operativos públicos.
Traslada el eje del análisis desde lo estrictamente laboral
hacia la protección integral frente a la violencia de
género, lo que exige que el plan municipal no se limite a
otorgar permisos de funcionamiento, sino que articule
rutas de derivación a servicios de salud, protección y
justicia; sin este componente, la regularización sería solo
administrativa y no respondería al mandato de protección
reforzada.
7
Código Orgánico de
Organización Territorial,
Autonomía y
Descentralización
(COOTAD)
Nacional /
Descentralizado
Art. 54 y 84: competencias
exclusivas de los Gobiernos
Autónomos Descentralizados
(GAD) para regular el uso y
ocupación del suelo, el control
del espacio público y la gestión
del desarrollo cantonal.
Delimita el marco competencial del
GAD del Distrito Metropolitano de
Quito (GADDMQ) para
implementar el Plan de Uso y
Gestión del Suelo (PUGS) y
categorizar las licencias de
actividad económica (ej. tipología
LUAE / CM1C).
Es la norma que traduce el mandato constitucional y
judicial en competencia operativa concreta: sin esta
habilitación, el Municipio carecería de sustento legal para
emitir licencias de actividad económica específicas. Su
lectura conjunta con la fila 8 evidencia una cadena de
subsidiariedad normativa (nacional a lo local) que el plan
debe respetar para no incurrir en extralimitación
competencial.
8
Código Municipal para
el Distrito Metropolitano
de Quito
Local (Distrito
Metropolitano)
Normativa sobre ordenamiento
territorial, uso del suelo, espacio
público y regularización de
actividades comerciales y de
servicios dentro del cantón.
Permite articular las competencias
de las Administraciones Zonales (ej.
Manuela Sáenz) y las secretarías
metropolitanas para armonizar el
ejercicio del trabajo sexual con la
convivencia pacífica y el cuidado
del patrimonio del Centro Histórico.
Funciona como el instrumento de coordinación
interinstitucional a nivel local: es el que efectivamente
reparte responsabilidades entre secretarías (Inclusión
Social, Seguridad, Desarrollo Productivo) y zonales, por
lo que su correcta aplicación o su ausencia explica en
gran medida la velocidad y coherencia con que se ejecutó
el mandato judicial entre 2023 y 2026.
9
Auto Resolutivo de
Conclusión de Ejecución
y Archivo (enero 15,
2026)
Jurisdiccional
(Unidad Judicial
Penal de Quitumbe)
Providencia del 15 de enero de
2026 (Juez Dr. Ángel Mestanza);
verifica la remisión del Oficio
Nro. GADDMQ-SIS-2025-2174-
O y el acta de acuerdo con los
accionantes; declara concluida la
fase de ejecución.
Documento de cierre que certifica
que el Plan de Regularización
propuesto por el Municipio cumple
con los estándares constitucionales
y convencionales exigidos,
disponiendo el archivo definitivo
del proceso tras validarse el
consenso de las organizaciones
civiles.
Cierra el ciclo de exigibilidad judicial abierto en 2023,
pero no agota la obligación material: el archivo procesal
certifica el cumplimiento formal del mandato, mientras
que la sostenibilidad del plan (renovación de licencias,
continuidad de los centros de acogida, monitoreo del
enfoque de género) queda bajo control administrativo
ordinario, sin la presión coercitiva de un proceso judicial
activo, este es el punto donde el análisis normativo debe
ceder paso al seguimiento de política pública.
Fuente: Elaboración propia.
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Frente a este panorama, las reglas implícitas del
espacio, el sistema de alerta mediante silbidos y
la figura de las "madres/padres de zona"
identificadas en la Tabla 1 confirman que las
grietas del sistema, discutidas en el marco
teórico, no son meros resquicios accidentales,
sino verdaderos dispositivos de gobernanza
informal construidos colectivamente. Estas
prácticas de cuidado horizontal; cocinar en
conjunto, alertarse mutuamente, mediar
disputas sin recurrir a la autoridad formal,
evidencian una capacidad de organización y
agencia que cuestiona las narrativas
exclusivamente victimizantes; sin embargo,
reconocer esta resistencia no equivale a
exonerar al Estado de su responsabilidad, sino a
constatar que, ante su ausencia, estos cuerpos
han tenido que producir por mismos la
protección que debería serles garantizada
institucionalmente.
El proceso jurisprudencial sistematizado en la
Tabla 5, que va desde la sentencia de acción de
protección de 2023 hasta el auto resolutivo de
conclusión de 2026, representa sin duda un
avance significativo y, en cierta medida, inédito
en la región; no obstante, este logro debe leerse
con cautela, pues se trata de una respuesta local
y administrativa, circunscrita al Distrito
Metropolitano de Quito y a la figura de la
regularización de una actividad por cuenta
propia, que en ningún momento resuelve el
problema de fondo señalado a lo largo de este
artículo: el reconocimiento del trabajo sexual
como trabajo pleno a nivel nacional.
El archivo del proyecto de ley para la
laboralización del trabajo sexual presentado a la
Asamblea Nacional en 2024 confirma que,
mientras la judicialización logra arrancar
compromisos puntuales al Municipio, la
voluntad política para legislar de manera
integral sigue ausente, dejando el limbo jurídico
intacto para quienes ejercen esta actividad fuera
del Centro Histórico de Quito o en otras
ciudades del país.
Conclusiones
La investigación concluye que el trabajo sexual
en Ecuador no puede comprenderse únicamente
como una actividad económica ni desde una
perspectiva exclusivamente jurídica o moral,
pues se encuentra atravesado por formas
simultáneas de violencia, exclusión y
precarización. El limbo jurídico no representa
solo una ausencia normativa, sino una
condición material que afecta las trayectorias de
vida, los espacios de trabajo y el acceso efectivo
a derechos. La articulación entre violencia
institucional, simbólica y comunitaria produce
segregación socioespacial y dificulta el
reconocimiento de los trabajadores sexuales
como sujetos plenos de derechos.
El rango etario de la muestra, comprendido
entre los 24 y 63 años, cuestiona la asociación
exclusiva del trabajo sexual con la juventud.
Para muchos participantes, esta actividad
constituye una trayectoria prolongada ante la
falta de alternativas económicas, seguridad
social y rutas efectivas de salida. Por
consiguiente, envejecer dentro del trabajo
sexual implica acumular desgaste físico,
psicológico y económico sin mecanismos
estatales que garanticen una vejez digna. La
presencia mayoritaria de personas LGBTIQ+
también demuestra que el ingreso a esta
actividad suele estar precedido por exclusión
familiar, social y laboral.
En la población migrante, la movilidad forzada,
la ausencia de redes de apoyo y las dificultades
para acceder al empleo formal añaden nuevas
condiciones de vulnerabilidad. La totalidad de
la muestra atravesó, en algún momento, una
situación de calle, lo que evidencia que la
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precariedad se extiende más allá del ámbito
laboral. La ausencia de vivienda propia y el uso
de espacios compartidos convierten las redes
entre pares en mecanismos informales de
protección frente a la insuficiencia de políticas
de vivienda, protección social y servicios
básicos. De este modo, los propios trabajadores
sexuales terminan asumiendo colectivamente
responsabilidades que deberían corresponder al
Estado.
Las tarifas, situadas entre cinco y veinte dólares
por encuentro, y la realización de dos a seis
encuentros diarios demuestran que la autonomía
no equivale necesariamente a libertad material.
La necesidad económica obliga a prolongar las
jornadas y aumentar la exposición física y
emocional para obtener recursos de
subsistencia. Por ello, el trabajo sexual
autónomo posee una doble dimensión:
representa capacidad de decisión sobre el
propio cuerpo, pero se convierte en autonomía
precarizada cuando no existen garantías
laborales, sanitarias y sociales que permitan
ejercer esa decisión dignamente.
Uno de los hallazgos más graves es la violencia
atribuida a la Policía Nacional, la Policía
Municipal y las Fuerzas Armadas. Los relatos
de golpes, violaciones y exigencias de favores
sexuales para evitar detenciones o permitir el
ejercicio de la actividad revelan una
contradicción entre la obligación constitucional
de protección y la actuación cotidiana de los
aparatos estatales. Estos hechos constituyen
expresiones de violencia institucional que
transforman el cuerpo en moneda de
intercambio, destruyen la confianza en el
Estado y profundizan la clandestinidad. No
obstante, los trabajadores sexuales desarrollan
formas propias de organización y resistencia,
como reglas internas, alertas mediante silbidos,
redes de cuidado, cocinas colectivas y la
intervención de “madres/padres de zona”. Estas
prácticas demuestran que no son únicamente
víctimas pasivas, sino sujetos que producen
conocimientos, construyen comunidad y crean
mecanismos de protección frente a la ausencia
institucional.
El problema principal no radica en la
inexistencia de herramientas jurídicas, sino en
la falta de voluntad política para aplicarlas a
quienes permanecen en los márgenes. Los
derechos al trabajo, la dignidad, la igualdad, la
no discriminación y la autonomía sexual poseen
reconocimiento constitucional y convencional,
pero continúan operando fragmentadamente en
el trabajo sexual. Aunque la jurisprudencia
desarrollada en Quito demuestra que es posible
establecer mecanismos de protección y
regularización, su alcance local resulta
insuficiente. Se requiere una respuesta nacional
que reconozca esta realidad, proteja
especialmente el trabajo autónomo y ofrezca
alternativas dignas a quienes deseen abandonar
la actividad. El desafío no consiste únicamente
en regular el trabajo sexual, sino en transformar
los imaginarios que determinan qué cuerpos son
reconocidos como sujetos de derechos y qué
trabajos merecen protección estatal (Terán,
2026).
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